domingo, 2 de febrero de 2014

Para responsabilidad, la de los autónomos

Este artículo se publicó en El Diario Fénixdigital activo hasta abril de 2017

Imagen de eldiariofenix.com
España es uno de los países de la UE en los que, en el último año, más ha crecido el número de autónomos. Las escasas oportunidades de empleo y la proliferación de contratos precarios, que privan a los trabajadores de toda expectativa profesional, provocan que cada vez sean más los españoles que deciden trabajar por cuenta propia. Pero, ¿con que protección cuentan los autónomos o emprendedores que arriesgan todo para salir adelante?

El pasado 14  de enero, a petición del Grupo Socialista, el Parlamento Europeo aprobó una resolución que persigue aumentar la protección social de los trabajadores, especialmente la de los autónomos, ya que representan buena parte de la actividad económica. Según se indica, en la UE hay más de 30 millones de trabajadores autónomos.

En España, el número de trabajadores por cuenta propia ha alcanzado en el último año los 3.050.341, y de ellos más del 67% son autónomos sin asalariados. Según datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, en 2013 se han sumado 25.689 autónomos más. Con la nueva Ley de Emprendedores, aprobada el pasado mes de julio, se extiende la llamada ‘tarifa plana’ para todas las edades. De manera que todo nuevo emprendedor que cotice por la base mínima, aunque sea mayor de 30 años, tendrá la posibilidad de  pagar  50 euros fijos durante los 6 primeros meses, en lugar de 250. Pero, más allá de esta medida,  la nueva Ley  no otorga ninguna protección a aquellos trabajadores que han tenido que autoemplearse por haberse quedado en paro.

Es el caso de Antonio Cantó, él se ha dedicado siempre a la automoción y tras el cierre de la empresa en la que estuvo trabajando casi veinte años, decidió poner en marcha su propio taller, “o me decidía a emprender o me quedaba sin salida”. Como él, 600.600 españoles perdieron su empleo en 2012. Para poder hacer frente a todos los gastos iniciales, Antonio nos explica que, principalmente por la edad, no podía optar a ninguna ayuda, así que reclamó el pago único de la prestación por desempleo acumulada; la capitalización del paro a la que recurren el 11,1% de los trabajadores inscritos en el Régimen de Autónomos, según indica la UPTA. Esta capitalización consta de dos partes, por un lado se cobra el 60% de la cantidad correspondiente de paro, para inversión en la nueva empresa, y el 40% restante se recupera a través  del descuento de  las cuotas fijas mensuales que se pagan por ser autónomo.

“A Hacienda le importa bien poco si tienes beneficios o no por tu trabajo”

En su caso, Antonio está dado de alta desde hace un año y, desde la solicitud del pago único, tuvo que esperar 8 meses hasta recibir la cantidad correspondiente al 60% de su prestación, y casi un año para que le empezaran a descontar las cuotas que tuvo que pagar desde el principio. Por eso, para iniciar su proyecto, tuvo que echar mano de sus ahorros. Nos cuenta además que corre el riesgo de tener que devolver el pago recibido si se ve obligado a cerrar el negocio antes de que haya estado funcionando, al menos, 5 años; “si ahora mismo o dentro de dos años tuviera que cerrar, tendría que pagar lo que he recibido del pago único, siendo un dinero que me corresponde por los años que he cotizado”. Antonio es el único responsable y trabajador de su negocio, y asegura que el mayor inconveniente, además de tener muy poco tiempo libre, es que con la base de cotización que paga cubre los seguros sociales, pero no tendrá derecho a paro en caso de cesar su actividad; “entre la parte de seguridad social, el alquiler, el gasto de luz, la cuota de autónomo y el seguro de responsabilidad civil, me salen todos los meses más de 1.500 euros de gastos fijos, así no puedo llegar a cotizar los 600 euros que me darían derecho a paro”.

Tomás Hernández, autónomo desde hace 7 años, coincide en que el hecho de tener que pagar una cantidad adicional para tener derecho a paro, es uno de los mayores inconvenientes de trabajar por cuenta propia. Y además, apunta que, aun habiendo cotizado más para obtener la prestación por desempleo, a la que acceden todos los trabajadores inscritos en el Régimen General, “el mayor problema es que actualmente Hacienda no se termina de fiar de que realmente haya cesado la actividad, y te ponen muchas pegas para poder cobrar el paro; cuando estás contratado por un tercero no hay problema, porque vas con la carta de despido”.

Tomás mantiene junto a su hermano una pequeña S.L dedicada al diseño publicitario y cuando empezaron, en 2005, tampoco tuvieron acceso a ninguna subvención ni bonificación de seguros sociales por parte del Estado, “mi hermano se podía haber acogido a la ayuda de joven empresario, pero para ello nos exigían una inversión mínima de 12.000 euros y nosotros empezamos a trabajar desde casa, de manera que para recibir la subvención tendríamos que haber comprado cosas sin que fueran necesarias”. Tomás nos revela que, aun así, salieron adelante porque cuando empezaron había mucho trabajo y pudieron captar clientes, “pero si hubiésemos tenido que empezar ahora habríamos tenido muchos problemas, más que nada porque tendría que estar compaginando qué meses estar dado de alta”. Nos explica que  el estarlo todo el año es un riesgo muy grande al principio, “ya que desde el primer momento tienes que estar aportando la cuota por servicios sociales, y a Hacienda le importa bien poco si tienes beneficios o no por tu trabajo”.

“Si el negocio no funciona, el autónomo se queda sin protección”

Además, nos explica que en el momento en que se unen dos o más autónomos, están obligados a constituirse como una S.L, y de esta forma “aunque sigues siendo un emprendedor, te hacen devolver las bonificaciones de las que te puedas haber beneficiado”. Desde su experiencia, y conociendo la de algunos compañeros que han emprendido sin buenos resultados, Tomás asegura que “si el negocio no funciona, el autónomo se queda sin ningún tipo de protección.” Nos cuenta que esta desprotección no se da en otros países, por ejemplo en Francia, “mi hijo está allí y tiene la ventaja de que mientras su facturación no llegue a un mínimo, no está obligado a pagar impuestos, de esta manera él ha podido salir adelante, porque al principio tuvo un año de carencias”.

Tanto Antonio como Tomás consideran que, en comparación con los inscritos en el Régimen General, sus derechos como trabajadores son muy reducidos a pesar de tener mucha más responsabilidad y de haber arriesgado con pocos recursos. Ambos coinciden en que una buena medida, para dar más protección social a los autónomos, sería que no penalizasen con devolver las bonificaciones si durante los primeros años el negocio no sale adelante. Señalan también que es muy injusto que a los grandes empresarios, con muchos asalariados a su cargo, se les permita incluir a sus trabajadores en el Régimen de Autónomos, de manera que “pueden echarlos a la calle sin indemnizarlos”  y así son las grandes empresas ya consolidadas, cuyos gerentes ya no se pueden considerar emprendedores, las que se benefician de las condiciones de autonomía.


Con la nueva resolución del PE, se solicita a los parlamentos de los Estados miembros el desarrollo de programas de fomento y de acceso a la formación continua para los trabajadores. Además, reclama a la Comisión Europea que se estudie la situación real de los trabajadores autónomos y se recojan los resultados en las estadísticas de empleo a nivel europeo.

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