Este artículo se publicó en El Diario Fénix, digital activo hasta abril de 2017
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Como con la Ley de Tasas
Judiciales, una vez más el Gobierno trata de convertir en ley una herramienta
de negación de nuestros derechos. El pasado viernes llevó al Consejo de
Ministros el borrador de Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana,
una LO sí, que su mayoría absoluta le permite aprobar.
Con este nuevo proyecto de ley se pretenden criminalizar las protestas de los ciudadanos insatisfechos con las acciones del Gobierno. Concretamente se habla de multas de entre 100 y 600.000 euros para quienes convoquen, dirijan o participen en manifestaciones frente a instituciones del Estado sin autorización previa, o quienes "alteren el orden" en actos públicos o se manifiesten, sin autorización, en “infraestructuras críticas” (como una central nuclear).
Con esto, no queda duda de
que el Gobierno pretende normalizar una exigencia de sumisión ante los abusos
que saben que están agrandando las desigualdades sociales en España. Pero su
proyecto no termina ahí, pide también multas
para quienes difundan imágenes de agentes antidisturbios durante las
protestas. Es decir, que piden que se conozcan lo menos posible las situaciones
en las que, por ejemplo, los policías agreden con sus porras a los participantes
de una manifestación pacífica. Además se proponen multas, esta vez de entre
1.001 y 30.000 euros, para aquellos que insulten o se enfrenten a los policías
durante una manifestación o participen en disturbios ocultando su identidad.
Desde el Gobierno quieren
protegerse, aun más, y eso es preocupante. Pero ¿qué creen que van a provocar
con todo esto? Están llegando a los extremos de la injusticia en un Estado que
se dice democrático. Nuestra Constitución, en su artículo 20, reconoce el
derecho a la manifestación sin establecer el requisito previo de la
autorización: “expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y
opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de
reproducción; comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier
medio de difusión”, derechos de cuyo ejercicio añade: “no puede restringirse
mediante ningún tipo de censura previa”.
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